Acompañamos el Proyecto de la Cámara 1367, el cual el gobernador convirtió en la Ley Núm. 52 de 2022, mediante el cual se modifica el marco tributario relacionado al impuesto a las foráneas. En esencia dicha ley sustituye el arbitrio a las empresas foráneas por una contribución sobre ingresos. En su Artículo 86 se incluye en cuanto a los deberes del notario en transacciones de segregación, agrupación o traslado (compraventas) de bienes inmuebles, incluir con la planilla informativa de Hacienda una tasación, el plano de mensura y estudio de título. Lo anterior toma importancia en las transacciones en efectivo.
Estamos pendientes a obtener la Ley final para verificar cualquier cambio realizado al Proyecto de la Cámara antes de la firma por el Gobernador.
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