El 18 de octubre de 2021, el Tribunal Supremo de Puerto Rico, a través de la Jueza Presidenta Mayte D. Oronoz Rodríguez, emitió la Orden Administrativa OAJP-202 1-085, la cual autoriza a implementar para los asuntos notariales en Puerto Rico la firma electrónica reconocida. La anterior firma electrónica reconocida permitirá ampliar los asuntos dentro de la función notarial que podrán tramitarse de forma electrónica los cuales serán implementados mediante fases.
La primera fase aplicará a la presentación y tramitación electrónica de los siguientes asuntos:
1. Notificación de fianza notarial;
2. Designación de Notario(a) Sustituto(a);
3. Notificación de cambio de la sede notarial;
4. Envío de documentos previo a las inspecciones de la obra notarial;
5. Solicitudes de expedición de Certificación de Obra Notarial;
6. Solicitud de autorización sobre cambios en el sello, firma, rúbrica y signo del notario;
7. Cese voluntario al ejercicio de la notaría;
8. Solicitudes ante los registros que administra la ODIN para la expedición de certificaciones de constancias;
9. Solicitudes ante los dos Archivos de Distrito Notarial administrados por la ODIN para la expedición de copias simples o certificadas de instrumentos públicos, y
10. Cualquier otra solicitud, notificación, comunicación o certificación que se canalice a través de la ODIN.
Comentarios